La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud y a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Iquique, a pagar 80 millones por su responsabilidad en la muerte de una mujer a raíz de la aplicación de una inyección con una aguja infectada.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal ordenó a ambas instituciones a pagar esta cifra al hijo de la víctima, que fue atendida en el Centro de Salud Familiar Cirujano Guzmán de Iquique.

En concreto, se rechazaron los recursos de casación presentados en contra del fallo en primera instancia, dictado por la Corte de Apelaciones iquiqueña. Por tanto, sí se consideró responsable a la Corporación Municipal de Desarrollo Social.

“(…) los hechos descritos en el considerando sexto permiten, analizados en su conjunto, configurar la falta de servicio consagrada normativamente en el citado artículo 38 de la Ley Nº 19.966, en la que incurrió la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Iquique, pues ésta, a través del servicio de atención primaria a su cargo Cesfam Sur y Cesfam Cirujano Guzmán, no otorgaron a Sandra Ilaja Vilca, la atención de salud que requerida de manera eficiente, eficaz y, especialmente, oportuna”, sostiene el fallo.

En tanto, la responsabilidad del Servicio de Salud de Iquique radica en la falta de fiscalización que “le corresponde (…) a través de su Director, pues es la misma ley la que atribuye tal rol al establecer que dentro de sus atribuciones está la de velar y en su caso dirigir la ejecución de los planes, programas y acciones de salud de la red asistencial”.