El Juzgado de Garantía de Rancagua rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo presentada por la defensa de Roberto Castro Moya, excontador de Patricio Cordero, y acogió la solicitud de sobreseimiento temporal de Juan Díaz Sepúlveda, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de facilitación de documentación tributaria falsa y soborno en el caso Caval.

La magistrada del caso, Jessica Bascuñán, estableció que en la etapa procesal en que se encuentra la causa no es posible decretar el sobreseimiento definitivo por no estar establecida la inocencia o la culpabilidad de Castro.

“El querellado se desempeñaba como contador de la sociedad Asesorías e Inversiones Lo Beltrán, de la que el querellante es socio y representante legal. Además, según los antecedentes de la carpeta de investigación, el querellado mantenía en su poder el talonario de facturas de dicha sociedad, puesto que normalmente emitía facturas por instrucción del querellante”, sostiene el fallo.

En la carpeta, además, habría facturas que “no han sido declaradas ante el Servicio de Impuestos Internos y, hasta la fecha, se ignora su destino, sin que se descarte que en el futuro puedan aparecer registradas en otra contabilidad”.

Sin embargo, el tribunal acogió el sobreseimiento temporal de Juan Díaz, “por existir una cuestión prejudicial previa, que debe ser resuelta antes de la causa penal a fin de evitar decisiones contradictorias, consistente en la excepción de falsedad del título opuesta en el juicio ejecutivo de cobro de cheque, seguida en el Juzgado Civil de Santiago”.

“Una vez presentados a cobro, ambos cheques fueron protestados por falta de fondos y hasta la fecha no se ha producido una disminución del patrimonio del suscriptor de los cheques”, añade la sentencia. “El acto de protesto de los cheques o el cierre de la cuenta corriente respectiva, no constituyen por si mismos un perjuicio de carácter pecuniario, por no consistir en una merma del patrimonio del afectado susceptible de apreciación en dinero”, afirma.