La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó este lunes el arresto domiciliario parcial nocturno de C.A.S.M., médico cirujano imputado por la Fiscalía por la presunta autoría del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, ilícito que habría perpetrado en agosto de este año en la capital de la región de Ñuble.

El fallo en primera instancia fue dictado por el Juzgado de Garantía de Chillán este sábado 3 de octubre, y fue confirmado de manera unánime por la 1ª Sala del tribunal de alzada durante este lunes.

Según reza el texto, “atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, de los que aparece que la necesidad de cautela se satisface racionalmente en el caso en examen, con la medida que se ha impuesto de arresto domiciliario parcial y, teniendo presente que la prisión preventiva ha de considerarse una medida de ultima ratio, debiendo preferirse aquellas de menor intensidad, considerando, además, que el imputado goza de irreprochable conducta anterior, por lo que (…) SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha tres de octubre último dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán que decretó la medida cautelar de privación de libertad parcial domiciliaria”.

Según la Fiscalía, se tomó conocimiento de que el imputado se habría dedicado al cultivo ilegal de marihuana en su casa particular de la comuna de Chillán a través de una denuncia anónima realizada el pasado 27 de agosto.

Los antecedentes señalan que en el lugar se mantenían 10 plantas de cannabis sativa en maceteros con una altura promedio de 1,50 metro. Por orden judicial, personal policial ingresó a la vivienda, donde constataron la denuncia y además descubrieron cannabis en proceso de secado.

También se encontró al interior del inmueble un total de 546 gramos de la sustancia ilícita, por lo que se procedió a la detención del médico.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)