El Juzgado de Garantía de Bulnes rechazó el sobreseimiento que la Fiscalía estaba solicitando en la investigación por la muerte de un menor en el parque acuático Antú en 2018, en la comuna de Quillón, región de Ñuble.

A más de un año del fallecimiento por inmersión de Máximo Monsalve en el parque acuático, la Fiscalía decidió no imputar una negligencia a los dueños del recinto. No obstante, durante la audiencia, el abogado de los padres de la víctima, Andrés Durán argumentó que en la investigación existen antecedentes que dan cuenta de una falta de servicio de parte de los dueños del centro.

Durán apuntó a que los antecedentes que probarían la existencia de un cuasidelito de homicidio, guardan relación con la seguridad del parque, mencionando que “no es posible que hayan dos salvavidas para 700 personas”.

“Tampoco es posible que no exista un sistema de protección o vigilancia para que los menores no entren a la piscina de adultos”, aseveró.

Por eso el Juzgado de Garantía, acogiendo la postura de los querellantes, ordenó remitir el caso a la Fiscalía Regional de Ñuble para que se resuelva el sobreseimiento o si por el contrario podría decidirse una formalización por cuasidelito de homicidio, según indicó el abogado Durán.

Penas

Consultada la fiscal jefe de Bulnes, Tamara Cuello, acerca de por qué no se había pedido ese análisis de la jefatura del Ministerio Público, explicó que la legislación no obliga a la luz verde cuando se trate de delitos con penas menores a los tres años y un día.

“Por otro lado, es la propia ley la que señala que si existiera oposición, esta decisión es revisada por el fiscal regional”, señaló Cuello.

El argumento de los padres del menor de cinco años es que en el parque Antú al momento de la muerte de su hijo había una asistencia de más de 700 personas, el doble del máximo permitido, y con sólo dos salvavidas, por lo que se configuraría la negligencia en el fatal accidente.