La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia que decretó el sobreseimiento total y definitivo de la investigación por los eventuales delitos de estafa y exhumación ilegal de tumbas inundadas en el cementerio Parque Cruz de Froward de la capital de la región de Magallanes.

El fallo de primera instancia había sido dictado por el Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas, el cual concluyó que “la venta de derechos perpetuos de sepultación sobre fracciones de terreno del cementerio particular Parque Cruz de Froward que resultaron inundadas o podrían inundarse por la permeabilidad del terrenos en que se emplazan, es verdadero y se ha verificado, pero no es constitutivo de delito”.

Finalmente, en fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de casación en la forma, confirmando la resolución dictada el 25 de septiembre de 2018.

La situación viene siendo discutida hace al menos 2 décadas, luego de que se conocieran las filtraciones del Humedal Tres Puentes -tradicionalmente un ecosistema visitado por cientos de aves y especies menores- hacia el Parque Cruz de Froward y Barrio Industrial.

A la Suprema

Tras conocerse el fallo, el abogado querellante, Manuel José Benítez, confirmó que apelará a la Corte Suprema con un nuevo recurso de casación en fondo, calificando de “increíble que la justicia en la región de Magallanes haya dado lugar a un paso como el que se ha dado”.

“Lo que se ha dado es finalmente que la Corte confirma de que no hay un Tribunal competente para reconocer la causa en Punta Arenas ni de la justicia nueva ni de la justicia antigua, lo cual constituye un absurdo jurídico que sólo una torcida administración de justicia puede dar a entender”, sostuvo.

Como querellantes, “esperamos que la Corte Suprema desarregle este enturbio jurídico que ha salido desde la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y se haga claridad respecto a las cosas como corresponden en el hecho y por sobre todo en el derecho”.