La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió un recurso de protección presentado por un hombre quien acusó de injurias y calumnias a una mujer que lo acusó de abuso sexual contra menores de edad en una fanpage de Facebook.

Se trata de la página de “Espacio Comunitario La Idea”, cuyo recinto físico también funciona como oficina parlamentaria del diputado Gabriel Boric, y donde una usuaria publicó una “funa” el 26 de marzo, en la cual acusaba a un hombre, que hacía clases en dicho espacio, de abusar sexualmente de su hermana.

Tras la denuncia efectuada a través de la red social, el acusado, quien realizaba clases de capoeira en el centro cultural La Idea, fue notificado por los administradores del espacio de que no podría seguir utilizando las dependencias para dictar las jornadas.

Por esta razón, el hombre presentó un recurso de protección contra F.S.G., exigiendo entregar disculpas públicas y borrar las publicaciones alusivas a su persona.

La Corte de Punta Arenas decidió acoger el recurso y ordenó al centro cultural borrar las declaraciones “injuriosas”, porque afectan a la imagen y honra del recurrente.

“Considerando que la parte recurrida no ha esgrimido antecedente alguno para justificar su actuar o que hubiese eliminado tales publicaciones, se configura la arbitrariedad alegada. Conforme a lo anterior, corresponde acoger la acción cautelar intentada”, sostiene el fallo.

Además, el recurso fue presentado contra X.B.S., quien le arrendaba una pieza y le pidió que hiciera desalojo del espacio, luego de que una arrendataria le imputaba que la observó y grabó mientras se duchaba.

En tanto, desde La Idea recalcaron que, al tratarse de un “espacio digital público”, la persona que realizó la publicación es ajena al equipo del centro y del diputado Boric. Aún así, discreparon con la resolución ya que valoran la libertad de expresión.

“Discrepamos del sentido de la resolución toda vez que consideramos que nuestro deber es permitir la libertad de expresión, y si por la opinión de terceros alguien siente vulnerada su honra puede perseguir la responsabilidad ulterior ante los tribunales de justicia por los medios procesales idóneos, que a nuestro entender, no es el recurso de protección como en el caso”, declararon.

A su vez, mencionaron que antes de que se dictara el fallo, la publicación había sido bajada y confirmaron la desvinculación del recurrente, pensando en el bien de la comunidad. “Trabajamos para resguardar el Espacio Comunitario La Idea como un lugar tranquilo para magallánicos y magallánicas”, sostuvieron.

A continuación puedes revisar el fallo de la Corte de Apelaciones.