La Corte de Apelaciones de Punta Arenas revocó la decisión de los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, que dictaron la prescripción de un juicio en contra de un abuelastro que abusó sexualmente de dos menores de edad: el proceso judicial se realizará de nuevo.

El Tribunal de alzada magallánico revocó y dejó sin efecto la prescripción y sobreseimiento del juicio oral realizado a comienzos del mes de marzo de este año “porque los hechos eran antiguos“, explicó el fiscal jefe de Punta Arenas, Fernando Dobson.

“Apelamos a la Corte señalando que, en el caso de menores, hay normas especiales en materia de prescripción que se cuentan de que cumplen los 18 años, por lo que el juicio deberá realizarse de nuevo”, apuntó Dobson.

La Fiscalía lo había acusado, en relación a las denuncias recibidas en su contra, porque entre los años 2002 y 2006, la víctima de 10 años se encontraba junto a la pareja de su abuela, Rubén Holoferne Díaz Díaz, cuando le realizó tocaciones en sus partes íntimas.

El imputado se habría ganado la confianza de la menor y propiciaba a quedarse en su casa: en numerosas ocasiones, el acusado le habría pedido que le tocase los genitales para procurar excitación sexual.

Asimismo, Díaz habría efectuado actos de significación sexual a un menor de 11 años, entre los años 2006 a 2010, en el baño y en el dormitorio del mismo domicilio.

Estos antecedentes serán llevados a juicio nuevamente en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, donde la Fiscalía solicita una pena de 6 años de cárcel.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)