La Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección interpuesto en favor de tres reos de la cárcel de Valdivia, para que puedan votar en las elecciones de noviembre.

La segunda sala del tribunal de alzada acogió la acción legal interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en Los Ríos, contra el Servicio Electoral y Gendarmería, por no dar las facilidades necesarias para que tres reos del complejo penitenciario Llancahue puedan sufragar.

En el fallo, los ministros Mario Kompatzki, Ruby Alvear y Claudio Novoa aducen que las omisiones de los organismos son ilegales por infringir la legislación vigente y que el derecho a sufragio es una de las facultades inherentes a la ciudadanía, el que no puede ser coartado por razones que excedan a las legalmente establecidas, entre las que no se contempla la privación de libertad.

Al respecto, la directora regional del INDH, Constanza de la Fuente dijo que es obligación del Servel adecuar todo para que los reos puedan votar.

El fallo también detalla que el Servel y Gendarmería deberán adoptar coordinadamente todas las medidas necesarias que permitan el ejercicio del derecho a sufragio de los recurrentes, medidas que deberán
concretarse con antelación al proceso eleccionario más próximo, es decir, en noviembre.