La Corte de Apelaciones de Temuco condenó a dos carabineros en retiro por el delito de homicidio en contra de un obrero agrícola en el sector de Chanco, en la comuna de Osorno, en 1975.

En ese contexto, la condena es de 7 años de presidio efectivo en contra de Carlos Ramírez y Armando Figueroa, “por su responsabilidad en el delito de homicidio simple de José Avelino Runca”.

Según se comunicó, la Segunda Sala del tribunal de alzada “rebajó la sentencia de primera instancia, que había condenado a los expolicías a 12 años de presidio, al considerar que en la especie, no concurre la agravante del artículo 12 número 8 del Código Penal; es decir, prevalerse en la comisión del delito de la calidad de funcionarios públicos”.

Por lo anterior, y en la resolución de primer grado, el ministro en visita Álvaro Mesa Latorre dio por establecido los siguientes hechos.

El homicidio

Se estableció que el día 13 de diciembre de 1975, la pareja de carabineros, pertenecientes a la dotación del Retén Quilacahuín, se encontraban realizando diligencias en el sector de Chanco en razón de una denuncia por el delito de abigeato.

De dicha diligencia resultaron detenidos cerca de ocho vecinos del sector; para facilitar la diligencia, se habría conformado un grupo de civiles domiciliados en el sector para guiarlos a través de los campos y encontrar más fácilmente las casas de las personas buscadas como sospechosos del delito en cuestión.

Por ello, en horas de la madrugada del 14 de diciembre de 1975 y en circunstancias en que José Avelino Runca se encontraba en su domicilio ubicado en Cancha Larga, sector Chanco, llegaron hasta él, sin previa orden judicial o policial emanada de sus superiores y en pleno conocimiento de que dicho inmueble pertenecía a la víctima, quien era hasta antes del 11 de septiembre de 1973 activo miembro del Partido Comunista y candidato a regidor en múltiples oportunidades.

El documento explica que luego de llamar a la víctima a viva voz, éste salió de la morada donde se encontraba durmiendo en su hogar en compañía su cónyuge y sus hijas.

La víctima al abrir la puerta principal de su casa, “fue sacado de ella sin ninguna compañía, trenzándose en un violento forcejeo con uno de los uniformados”, y es ahí donde “se habría adueñado de la carabina de cargo que portaba uno de los carabineros, solicitando apoyo de su compañero que, viendo a José Avelino Runca escapar en la dirección opuesta a ellos, “procedió a dispararle por la espalda directo al cuerpo, cayendo éste herido”.

Una vez sucedido aquello, ambos carabineros, viéndolo aún vivo, deciden dejarlo en esas condiciones en medio del campo junto a su casa, sin prestarle ningún tipo de auxilio.

El cadáver de José Avelino Runca permaneció desaparecido por cerca de ocho días y encontrado posteriormente en un monte contiguo al domicilio de la víctima en evidente estado de descomposición.

En el aspecto civil, el tribunal de segunda instancia condenó al fisco a pagar una indemnización total de $120 millones de pesos a los hijos de la víctima.