El Servicio Nacional del Consumidor entregó una serie de recomendaciones e información sobre los derechos que tiene el usuario al minuto de querer, por ejemplo, cambiar un producto recibido en Navidad.

En conversación con La Radio, el director regional del organismo, Miguel López, explicó que en cuanto al denominado “ticket de cambio” es voluntad de la empresa, no sujeta a la Ley del Consumidor. Además, este ticket se encuentra sujeto a una serie de reglas internas que deben cumplirse al minuto que el consumir las haga valer.

No obstante ello, también existen empresas que no aceptan cambios bajo el argumento que el producto no fue del agrado. Sin embargo, es distinto cuando se trata de la garantía del producto o servicio donde el usuario tiene tres meses para validar el derecho y tres opciones a su vez, para elegir el cambio por uno nuevo, refacción o devolución del dinero.

Por todo lo anterior, es que se llama a la comunidad a comprar en el comercio establecido, ya que ahí radica la garantía y responsabilidad por entregar un buen servicio o producto, de lo contrario Sernac actúa tras la denuncia correspondiente.