A través de un falló unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia condenó al Servicio de Salud Osorno y el Municipio de Puyehue al pago de 30 millones de pesos, por la muerte de Jac Rubix Casas Ríos, quien murió presuntamente por no recibir atención médica oportuna.

Como se desprende del fallo, la medida judicial fue presentada por la madre del fallecido, quien exigía una indemnización al respecto, en atención a que su hijo era el sustento de la casa donde vivían ambos.

Conforme a los datos expuestos en la resolución, los hechos se remontan al 4 de Diciembre de 2010, día en que Casas Ríos fue trasladado inconsciente hasta el centro de salud familiar (Cesfam) de Entre Lagos, tras recibir un golpe en el rostro lo que significó que cayera, recibiendo un segundo golpe en la cabeza.

Tras ser asistido, por el médico de turno, el hombre fue derivado a su hogar con reposo, falleciendo posteriormente a raíz de un traumatismo encéfalocraneano, siendo ese el antecedente que llevó la mujer a interponer la denuncia, ya que a su juicio, si el joven hubiese recibido una atención y diagnóstico apropiado, hubiese sobrevivido.

No obstante ello, previo a que este dictamen se resolviera, el Servicio de Salud Osorno apeló ante el tribunal de alzada ya que argumentaban que les causa agravio la sentencia al considerar que tienen responsabilidad en los hechos, por lo que la corte explicó que fue condenada porque el Cesfam de Entre Lagos es parte de la red de salud de tal servicio.

Mientras que la Municipalidad aludida, también hizo lo suyo bajo el argumento que la actora no logró acreditar la falta de servicio alegado.

No obstante ello, la resolución dicta que “el médico de turno, necesariamente debió ser más diligente en su actuar y aplicar correctamente la escala de coma de Glasgow, por cuanto, el paciente al momento de entrar al Cesfam, estaba con los ojos cerrados, inconsciente, vale decir, carecía de actividad verbal, había ausencia de respuesta motora, todos los signos deben ser evaluados ante sospecha de un traumatismo craneoencefálico, lo que dicho profesional no realizó”.

“De esta forma” dicta la resolución, “la falta de servicio, en el presente caso, se traduce en que no se otorgó una atención médica eficaz y oportuna, al no determinar la gravedad de la lesión que padecía el paciente y de la cual fue advertido”.

Radio Bío Bío intentó comunicarse con Nelson Bello, director del Servicio de Salud Osorno, pero esto no fue posible ya que desde la institución anunciaron que antes de realizar un pronunciamiento, reunierán mayores datos.

Por su parte, la recién asumida alcaldesa de Puyehue, María Jimena Núñez si bien atendió la llamada telefónica de Radio Bío Bío, solicitó se le ubicara minutos más tarde para tener una respuesta clara frente a las acciones a seguir. Sin embargo, posteriormente su teléfono nunca fue contestado.