Frente a los cuestionamientos efectuados por la comunidad, ante la condena de 4 años de presidio efectivo para joven que disparó contra uno de los atacantes del local de su padre, la fiscal jefe de Osorno señaló que la prueba presentada fue fundamental para acreditar que su vida no estaba en peligro como para reconocer una legítima defensa.

María Angélica de Miguel, fue enfática al manifestar que para que se cumpla tal premisa debe ante todo estar en riesgo la vida de la otra persona, de lo contrario pasa de víctima a imputado, tal como en este caso, donde los videos captados por las cámaras de seguridad del mismo local, bastaron para verificar que los propietarios tenían dónde resguardarse hasta la llegada de carabineros.

De esa línea, con la prueba testimonial y pericial presentada ratificaron su tesis. Aún así, en el derecho objetivo de aplicar justicia se le reconoció al condenado –como atenuante- el haber actuado en medio de un arrebato y obcecación.

Como ente persecutor, dijo, requerían de una pena concreta pero objetiva, considerando que la víctima no tenía antecedentes penales. Se espera que en los próximos días la defensa del condenado determine si recurrirán por la nulidad de la sentencia o del juicio mismo.