La Corte de Apelaciones de Valdivia, desestimó el recurso de nulidad de sentencia presentado por el defensor penal de Pedro Ulloa Zambrano de 65 años, luego que su representado fuera condenado a la pena efectiva de 10 años y 1 día, por el delito de homicidio, hecho perpetrado en la comuna de La Unión.

Primero recordar que los hechos por lo que fue llevado a juicio el imputado, ocurrieron la noche del 13 de Octubre de 2015 cuando el hoy sentenciado se encontraba ingiriendo bebidas alcohólicas en compañía de Francisco Vera Cartes, en la vivienda ubicada en el sector de Cuinco Alto.

Cuando Vera Cartes se retiraba del inmueble, fue atacado por su amigo, quien le propinó dos hachazos en la cabeza, resultado el lesionado con un traumatismo craneoencefálico severo complicado, lo que le causó la muerte de manera inmediata.

Tras ser condenado a presidio mayor en su grado medio, la defensa acudió al tribunal de alzada, bajo la premisa de “infracción a las reglas de la sana crítica, en la ponderación de las pruebas aportadas durante el jucio”, instancia en la que incluso hizo ver ciertas incongruencias relatadas por los testigos aportados por fiscalía.

Los magistrados que integraron la sala en Valdivia, por su parte, de forma unánime determinaron ratificar el fallo argumentando que “atento a lo ya razonado, solo resta indicar que existen otras probanzas que son concordantes con los hechos relatados por los testigos ya individualizados, a saber, las declaraciones de los funcionarios policiales que llegaron al lugar del suceso y del perito legista que realizó la autopsia de la víctima, desestimándose toda infracción a las reglas de la sana crítica como la ausencia de motivaciones del fallo”.