Los protocolos a seguir por parte de transportistas al momento de trasladar productos, así como la obtención de la guía de libre tránsito, documento necesario y obligatorio, debiera ser un proceso conocido para así evitar las inconvenientes o sanciones.

Sin embargo, en este caso muchas veces el procedimiento a seguir por parte de los transportistas es desconocido, no existe claridad frente a la obligación o bien se ha malinterpretado la forma de proceder.

Al respecto, el capitán de carabineros Alfredo Rodríguez, aclaró que como institución son los encargados de fiscalizar a los transportistas de madera y de ganado, y que entrega de la guía de libre tránsito necesaria para el traslado de madera es emitida por Conaf, y en el caso del transporte de ganado le corresponde tanto a carabineros como al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

Asimismo, Rodríguez aclaró que para traslado de madera, primero se debe acreditar que la leña es de propiedad de quien transporta y de que clase es.

En lo que respecta al traslado de ganado, enfatizó, que el documento tiene que ser claro, detallando la cantidad de animales, a quien pertenecen y de donde hasta donde se van a trasladar.

Ademas, especificó que para el caso del transporte menor, como es el caso de los fletes o mudanzas, actualmente es un proceso que se tiene que ser certificado en notarías públicas a través de un documento que detalle qué bienes son los que se van a trasladar desde un domicilio a otro.

Finalmente, el capitán de Carabineros, recalcó que en los pasos a seguir, primero se tiene que adquirir la guía de libre transito, en los lugares donde corresponda y luego, proceder a cargar el vehículo o camión, con el fin de evitar inconvenientes, puesto de lo contrario, dependiendo del caso, el transportista arriesga multas o ser detenido.