En falla unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que dictó la Superintendencia de Servicios Sanitarios que multó con 71 Unidades Tributarias Anuales a la sanitaria Aguas Araucanía por un corte de agua potable que afectó a sector rural de Temuco, en enero de 2017.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de más de 52 millones de pesos aplicada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios a la empresa Aguas Araucanía, por un corte de suministro que afectó al sector fundo El Carmen de Temuco, en enero de 2017.

En un fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada de la región Metropolitana, donde la sanitaria Aguas Araucanía registra domicilio legal, confirmó la sentencia que multó con 71 unidades tributarias anuales a la empresa, por la discontinuidad del servicio de distribución de agua potable en el sector fundo El Carmen, el 14 de enero de 2017.

Las ministras Carolina Brengi, Lidia Poza y el abogado integrante Michael Camus, desestimaron la apelación interpuesta por la sanitaria en contra de la sentencia.

La resolución agrega que Aguas Araucanía no acreditó la existencia de fuerza mayor alegada en su apelación, en un hecho que afectó a la generalidad de la población abastecida en el sector ya detallado, por lo que se concluye que las infracciones que dieron inicio al procedimiento en contra de Aguas Araucanía S.A., se encuentran debidamente acreditadas y sancionada.

Según se estableció en la indagatoria, la suspensión del servicio se habría generado tras la rotura de una matriz, única y exclusiva infraestructura que abastece de agua potable a esa zona, es decir, a 4.341 clientes que representan más de 16.000 habitantes.