La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de protección interpuesto por apoderados en contra de la Sociedad Educacional Temuco S.A., propietaria del Colegio Pumahue, que buscaba la suspensión del cobro de mensualidades.

En fallo unánime, los ministros de la Primera Sala del tribunal de alzada resolvieron rechazar la acción cautelar.

Lo anterior, luego de establecer que los recurridos -es decir la sociedad educacional- actuó de acuerdo a la normativa sanitaria dictada por la autoridad competente, adoptando además, plataformas digitales para brindar el servicio educativo contratado.

El abogado Carlos Tenorio, en representación del establecimiento educacional, precisó que se trata de una segunda acción legal rechazada por la Justicia.

De hecho, en el fallo los ministros detallaron que la vulneración de derechos por el supuesto incumplimiento de un contrato escapa de la acción constitucional interpuesta y por lo tanto debiera tramitarse por la vía procesal pertinente.