La Corte de Apelaciones de Temuco acogió parcialmente un recurso de amparo interpuesto por los familiares de Camilo Catrillanca y del menor de 15 años que lo acompañaba en contra de Carabineros.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió parcialmente la acción constitucional presentada por los familiares del joven mapuche, quien resultó muerto en el operativo policial realizado en la comunidad de Temucuicui, y del adolescente M.A.C.P., testigo de los hechos.

La acción legal, patrocinada por el Instituto de Derechos Humanos, buscaba que saliera el “Comando Jungla” del territorio mapuche en la provincia de Malleco, que se declarara ilegal y arbitrario el procedimiento que terminó con la vida de Camilo y además de instruir a la fuerza policial de abstenerse de usar elementos en sus excursiones de la zona.

El recurso fue acogido parcialmente por los ministros de la Primera Sala, quienes aseveran que no pueden referirse a la arbitrariedad o ilegalidad del accionar de Carabineros, ya que hay órganos habilitados por el Estado que están investigando lo ocurrido.

Sin embargo, acoge el recurso de amparo para ordenar a Carabineros que desde ahora deben implementar actuar con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente: “absteniéndose, en lo sucesivo, de afectar los derechos fundamentales de los amparados, especialmente de aquellos que son niños, niñas y/o adolescentes”.

El fallo consigna que los familiares sienten temor que este tipo de hechos puedan seguir ocurriendo, dado la existencia de constantes procedimientos de esa naturaleza, como allanamientos, vigilancia, controles preventivos de identidad, entre otros.

Con esta recomendación a Carabineros se acoge parcialmente este recurso de amparo que fue interpuesto por los familiares tras la muerte del joven mapuche.