La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó los dos recursos de amparo que presentaron los 9 jefes comunales integrantes de la Asociación de Municipios con Alcalde Mapuche y el secretario ejecutivo de la organización, cuyos teléfonos fueron monitoreados en la Operación Huracán.

Se trata de los recursos que conoció el martes la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco y donde según el director en La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), abogado Federico Aguirre, se estableció que fueron interceptados los teléfonos celulares del alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, presidente de la Asociación de Municipios con Alcalde Mapuche de Chile y del secretario Ejecutivo de la organización, además del teléfono fijo de la entidad.

El máximo Tribunal de Justicia en La Araucanía había dejado en acuerdo su resolución, la que fue liberada este miércoles. Se detalló que en fallos unánimes, ambos recursos fueron rechazados, al considerar que no hubo vulneración de derechos, ya que las interceptaciones fueron ordenadas por autoridad competente.

Recordemos que la desparecida Unidad de Inteligencia Operativa Especial de Carabineros elaboró una lista con números telefónicos que podrían tener relación con hechos de violencia rural. Por ello se logró que las comunicaciones fueran interceptadas y monitoreadas tras la autorización del ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco, Aner Padilla Buzada.

El fallo detalla que no resulta procedente decretar la ilegalidad de dicha actuación, ya que la decisión que motivó la interposición de esta acción constitucional, fue librada por autoridad competente, en ejercicio de sus atribuciones y dentro de las facultades que le confieren la Constitución y las leyes.