Álvaro Meza Latorre, ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Mont, sometió a proceso y decretó el arresto nocturno en contra de un carabinero en retiro por los delitos de secuestro calificado en contra cuatro mapuches, ocurridos en junio de 1974.

Ceferino, Miguel y Oscar Yaufulem Mañil, además de Samuel Huichaillán Levian, fueron hechos desaparecer en esa fecha.

En el fallo, el juez instructor sometió a proceso al exuniformado Domingo Campos Collao.

Se le imputa haber sido el autor de los delitos contra los mapuches, quienes no poseían militancia política conocida.

Hasta la fecha no se tienen antecedentes respecto al paradero de los individuos, a pesar de que los padres de los hermanos realizaron numerosas diligencias y averiguaciones tendientes a determinar el paradero y suerte de sus hijos.

Las víctimas permanecen en calidad de detenidos desaparecidos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)