Por el delito de homicidio simple fue formalizado Matías Díaz Osorio, el joven de 20 años que reconoció ante la Fiscalía haber matado a Manuel Núñez Rojas, para posteriormente mutilar su cuerpo y lanzarlo en diversos puntos de la zona lacustre de La Araucanía.

Díaz Osorio es el único imputado por la muerte del comerciante, oriundo de la región Metropolitana y que había llegado a Pucón hace menos de un año, según su familia, a confeccionar y comercializar tinajas de madera.

El fiscal jefe de Pucón, Jorge Calderara, dijo que la causa de muerte fue un traumatismo encéfalo craneano abierto, provocado por el disparo de un arma de fuego.

Parte del cuerpo lo habría dejado al interior del río Trancura, a unos 8 kilómetro de Pucón en la ruta hacia Caburgua, mientras que el resto lo habría dispersado en varios lugares que aún no están bien definidos.

Según el imputado, para desmembrar el cuerpo habría utilizado un cuchillo, pero dicho elemento no ha sido encontrado.

El arma de fuego utilizada pertenece al padre de la víctima y esta habría estado legalmente inscrita. Por algún motivo su hijo la trajo desde Santiago aparentemente sin el consentimiento de su padre.

Juan Gallardo, el abogado defensor de Matías Díaz Osorio, dijo que su representado no habría tenido la intención de asesinar a la víctima.

Según Gallardo, la discusión se habría originado cuando el imputado reconoció haber robado parte de la madera destinada a la confección de tinajas.

El padre de Manuel Núñez, que tiene el mismo nombre de su hijo asesinado, no cree que haya existido tal pelea y asegura que siempre sospechó del imputado.

Según la Fiscalía, Díaz Osorio niega ser el autor del incendio que afectó la casa que el fallecido arrendaba en Pucón y no existirían pruebas que lo vinculen al siniestro.

El Tribunal concedió 4 meses de plazo para el cierre de la investigación.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)