Seis militares en retiro fueron condenados a 13 años de presidio por el asesinato de un funcionario de ferrocarriles ocurrido durante la dictadura.

Se trata de Manuel Rafael Campos Ceballos, Manuel Reinaldo Canales Valdés, Juan Carlos Concha Belmar, Gabriel Alfonso Dittus Marín, Sergio Orlando Vallejos Garcés y a Héctor Mauricio Villablanca Huenula.

Durante la investigación encabezada por el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa, estableció que los hechos ocurrieron el 11 de octubre de 1973.

Ese día el obrero de ferrocarriles, Arturo Alejandro Navarrete Leiva de 21 años, fue detenido a eso de las 20:45 horas en calle Basilio Urrutia. Testigos vieron como los militares lo subieron, junto a otra persona, al vehículo en que se movilizaban.

Fue trasladado hasta la ribera del río Cautín en el sector de la Población Amanecer y en dicho lugar, por orden del Subteniente Manuel Espinoza Ponce, le dispararon para luego arrojar su cuerpo al caudal.

Al día siguiente su madre Magdalena Leiva Fritis, informada por uno de los testigos de su detención, concurrió al Regimiento Tucapel, a la Base Aérea de la FACH en Temuco y a la cárcel pública de la ciudad, donde le informaron que su hijo no estaba en el registro de detenidos.

Por su autoría en los hechos el ministro mesa condenó a la pena de 13 años de presidio a los 6 funcionarios en retiro del Ejercito por el delito de homicidio Calificado.

En el aspecto civil, condenó al Fisco a pagar la suma de correspondientes a $150 millones de pesos como indemnización de perjuicios, por concepto de daño moral producto del asesinato de Arturo Navarrete Leiva, en montos que se distribuyen en la sentencia.