Dos audiencias se realizaron este martes en el marco del caso Luchsinger Mackay. Una en la Corte de Apelaciones, y otra en el Juzgado de Garantía, respecto de igual número de acusados. La justicia otorgó la libertad bajo fianza de uno de los imputados.

En la Primera Sala del Tribunal de Alzada regional, por la unanimidad de los ministros integrantes, fue revocada la decisión que una semana antes había asumido el Juzgado de Garantía de Temuco y que mantenía con arresto domiciliario total a José Tralcal Coche, por lo que debe regresar a la cárcel para seguir cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva.

A la salida de la audiencia la abogada del Centro de Investigación Sur (CIDSUR), Karina Riquelme, visiblemente afectada y molesta por la decisión de los ministros, lamentó que se haya revocado la decisión respecto de su representado.

El fiscal Luis Arroyo, jefe de la Fiscalía de Alta Complejidad (FIAC) del Ministerio Público, junto con coincidir con la decisión de los ministros por cuanto a su juicio no han variado las circunstancias que motivaron al propio Juzgado de Garantía a aplicar la prisión preventiva a diez de los acusados en esta causa, detalló las acciones a seguir tras el fallo judicial.

En el Juzgado de Garantía, en tanto, casi simultáneamente se desarrolló una audiencia ante la jueza Marcia Castillo Monjes, respecto del acusado Hernán Zenén Catrilaf Llaupe, solicitada por su defensa.

La jueza si bien decidió mantener la medida cautelar de prisión preventiva, modificó el fundamento de la misma de peligro para la seguridad de la sociedad a peligro de fuga, por lo que tras la petición de la defensa accedió a fijar una caución o fianza de 20 millones de pesos, los que de ser pagados permitirán al acusado recuperar su libertad.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)