El beneficio de libertad vigilada intensiva aplicó el Tribunal Oral de Temuco a un hombre condenado a cumplir 3 años y un día de presidio tras declararlo culpable del delito de abuso sexual a una alumna de la escuela municipal Llaima de Temuco en el año 2010.

Los jueces, tras la respectiva audiencia, aplicaron la condena a Juan Carlos Beroíza Machuca, declarado culpable en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual a una menor, alumna de enseñanza básica, en un hecho ocurrido al interior de la escuela Llaima de Temuco, entre 2009 y el primer trimestre de 2010.

En fallo unánime los jueces condenaron además al hombre a cumplir las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

Asimismo, el tribunal condenó a Beroíza a las penas accesorias especiales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad. JUnto con ello quedó con la prohibición de visitar el establecimiento educacional de la víctima, como aproximarse a ella o a su familia durante el tiempo que dure la condena.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

La sentencia detalla que se da por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en al menos una ocasión, durante el transcurso del año 2009 y primer trimestre del año 2010, la víctima fue llamada por el acusado Juan Carlos Beroíza Machuca -quien se desempeñaba como auxiliar de dicho establecimiento- a la parte posterior del patio del recinto educacional, donde le efectuó tocaciones de connotación sexual.