La Corte de Apelaciones de Temuco revocó la competencia de la Justicia Militar en una causa donde dos efectivos de Carabineros del retén Chol Chol, están investigados por el homicidio de un joven de 26 años de edad, a quien le habrían disparado por la espalda tras una persecución.

La decisión del Tribunal de Alzada regional revocó una resolución del Juzgado de Garantía de Nueva Imperial, que se había declarado incompetente para conocer una querella criminal interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por los delitos de homicidio calificado y obstrucción a la investigación en esta causa, tal como lo precisó el abogado del organismo, Marcos Rabanal.


Los hechos datan del uno de diciembre de 2015 cuando cerca de las 22 horas, en el contexto de una fiscalización a un vehículo por parte de Carabineros, éste se dio a la fuga siendo finalmente alcanzado por los uniformados.

En ese momento, los tres ocupantes del vehículo descienden e intentan escapar a pie, quedando rezagado Álvaro Bustos Cabrera, siendo alcanzado en la espalda por un disparo que le habría causado la muerte y que fue presumiblemente percutado por uno de los uniformados, identificados como el sargento primero Víctor Padilla Curiqueo y el carabinero Jorge Quilaqueo Peña.

La investigación arrojó que la persona fallecida se encontraba con una luxación en su pie y que el tiro fue disparado a sólo cinco metros de distancia.

El sitio del suceso habría sido alterado por los carabineros, quienes según el relato de los hechos cambiaron de posición la vaina percutada, de manera de simular un disparo accidental.

La Corte sostiene en su resolución “que la justicia ordinaria garantiza de mejor forma los derechos que a la víctima le corresponden dentro del proceso penal, dado que le permite actuar como interviniente en aquél, lo que no ocurre en la justicia penal militar, afectando su derecho al debido proceso”.