El Juzgado de Garantía de La Serena mantuvo en prisión preventiva a la subteniente de Carabineros de iniciales J.W.N.H., imputada por el Ministerio Público como autora de tres delitos consumados de apremios ilegítimos.
Los ilícitos fueron perpetrados en octubre de 2019 y marzo de 2020, en el contexto del estallido social.
En la audiencia de revisión de cautelares, el juez Carlos Jorquera Peñaloza rechazó la petición formulada por la defensa y mantuvo la prisión preventiva de la imputada. Esto, por considerar que los antecedentes aportados no variaron las circunstancias que se tuvieron presentes al momento de decretar su privación de libertad.
Carabinera se mantendrá en prisión preventiva
Al resolver, el magistrado Jorquera Peñaloza estimó que, en la especie: “(…) no han cambiado las circunstancias que se tuvieron en su oportunidad a la vista para imponer la medida cautelar de prisión preventiva. Y desde ese punto de vista, no se hace lugar a la solicitud de la defensa, teniendo presente para ello que es tal el cúmulo de pruebas que ha señalado tanto el señor fiscal como la parte querellante, que ese cúmulo de antecedentes de la investigación no sufren merma en relación a los nuevos antecedentes señalados por la defensa”.
“(…) Acá lo que se está investigando y por lo cual la imputada está en prisión preventiva son los hechos que acaecen con posterioridad a su detención. Y respecto de ese hecho no se ha proporcionado ningún antecedente nuevo”, agregó Jorquera.
El magistrado consideró que “ni el sumario de Carabineros ni el informe ejecutivo tampoco revierte la prueba que dice relación con los hechos uno y dos. En el hecho uno aunque no existan informes de lesiones, sí está el testimonio de las víctimas, de los golpes que habrían sufrido (…); y las vejaciones también están, hay prueba que permite establecerla”.
“Y en el hecho número dos, si bien es cierto, no existe un informe del Servicio Médico Legal respecto de las lesiones, sí según señala el señor fiscal hay fotografías de las huellas dejadas por la golpiza. Está el testimonio de los imputados que se refieren a esa golpiza y a las vejaciones que se habrían efectuado en perjuicio de ellos, y ubican a la imputada como la persona que estaba a cargo del piquete de Carabineros”, añadió el juez.
Así también dijo que “tal y como le señala la abogada de la parte querellante, no hizo absolutamente ninguna acción tendiente a evitar los hechos que se estaban efectuando en contra de los detenidos, tanto en el hecho uno como el hecho dos”.
Detenciones
Según el ente persecutor, aproximadamente a las 21:30 horas del 21 de octubre de 2019, y cerca de las 20:30 horas del día siguiente, un piquete de efectivos de Carabineros, a cargo de la imputada, se trasladaba a bordo de un vehículo institucional por diversas calles de la comuna de la Serena.
El primer día detuvieron a cinco personas por infringir el toque de queda. Al día siguiente -en las inmediaciones de Mall Plaza- detuvieron a otras tres.
En ambos casos, las víctimas fueron subidas a la patrulla para ser trasladadas a la unidad policial. En este trayecto los miembros del piquete agredieron a los aprehendidos, propinándoles bofetadas, golpes de puño y puntapiés, además de golpearlos con los bastones de servicio en diversas partes del cuerpo y los insultaron por, supuestamente, participar en manifestaciones.
Asimismo, en ambas ocasiones obligaron, bajo intimidación y amenazas, a las víctimas a cantar en forma reiterada el himno nacional. Todo en presencia de la imputada que, abusando de su cargo y función, consintió y no hizo cesar los apremios ilegítimos a los que fueron sometidos los detenidos.
Por estos hechos, las víctimas resultaron con diversas lesiones de carácter menos grave.
Agresiones contra los detenidos
Así también, el 9 de marzo de 2020, a las 20:00 horas aproximadamente, en los instantes en que la víctima era trasladada en calidad de detenida en el vehículo institucional de Carabineros, la imputada, teniéndola bajo su custodia, la agredió propinándole diversos golpes, tirándole fuertemente el cabello en reiteradas oportunidades, subiéndose sobre ella cuando se encontraba tendida al interior del carro, ejerciendo presión con sus piernas en las costillas de la víctima.
También la reprochó por no vestir sostenes y participar de manifestaciones, rociándola además con gas químico en la zona de los pechos, entrepierna y muslos.
Posteriormente, a eso de las 22:00 horas y en el contexto de la constatación de lesiones que se le practicó a la víctima, en dependencias del SAPU Juan Pablo II de la Serena, la imputada ya individualizada, abusando de su función y sin motivo plausible para aquello, obligó a desnudarse a la víctima.
Producto de la agresión, la víctima resultó con lesiones de carácter menos grave.