La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia que ordenó a la empresa Sodimac S.A. a pagar una indemnización a un cliente que adquirió un producto en mal estado, en enero de 2016.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo, que ordenó a la empresa pagar a Patrick Molina Gutiérrez $1.399.000, por concepto de daño emergente, más $150.000 por daño moral. Además del pago de una multa de 5 UTM a beneficio municipal.

Molina Gutiérrez adquirió, en enero de 2016, un generador en el local de Sodimac de Coquimbo, sin embargo al funcionar notó que presentaba fallas. De regreso en la tienda, la empresa se negó a cambiar el producto o devolver el dinero, remitiendo la máquina al servicio técnico para reparación en dos ocasiones, cobrando al cliente por dicho trabajo.

“Que habiéndose establecido que la empresa demandada, ha incurrido efectivamente en una infracción a la ley del consumidor, deberá responder por los daños ocasionados y deberá ser condenado a la indemnización civil que se regule en conformidad a la ley”, sostiene el fallo confirmado.

El tribunal consideró que “es posible concluir que el denunciante y demandante civil sufrió pesares que han de ser indemnizados, especialmente considerando que adquirió un producto para trabajar y éste presentó problemas muy tempranamente, no otorgándosele la posibilidad de cambiar el producto por uno nuevo o de efectuarse la devolución del dinero pagado por el mismo”.