El Juzgado de Garantía de Puerto Aysén decretó la medida cautelar de arraigo nacional para tres imputadas por el Ministerio Público como autoras de negligencia médica que habría provocado un deceso fetal.

Las profesionales de la salud Soledad Alejandra Catalán Martínez, Moira Elizabeth Oyarzún Jara y María Ignacia Valdés Iturriaga son investigadas por un ilícito ocurrido entre enero y febrero de 2018 en el Hospital de Puerto Aysén.

Los hechos habrían afectado a Soledad Arteaga Hernández, quien tenía un embarazo de término sin presentar patologías y con controles al día en dicho recinto de salud.

Arteaga concurrió a control el 26 de enero de 2018 en la semana 40 de embarazo. En ese momento, la matrona y los facultativos de turno detectaron una baja en el nivel del líquido amniótico, por lo que solicitaron el pronunciamiento de la especialista de turno Soledad Catalán Martínez, médico ginecólogo.

Pese a las condiciones de la paciente, Catalán se limitó a constatar la información de manera telefónica. La profesional no realizó un examen que permitiese saber con certeza cuál era el estado del embarazo, no dispuso la hospitalización de la paciente a fin de realizar un monitoreo, ni revisó la ficha clínica y los resultados de exámenes previos para arribar de un diagnóstico médico concluyente, dando de alta a la paciente.

En la mañana del 1 de febrero de ese año, la mujer fue a control rutinario de su embarazo, manifestando que sentía un malestar.

Durante la tarde de ese mismo día, Arteaga regresó al servicio de urgencia acusando la falta de movimientos fetales. En esa ocasión la atendió Moira Oyarzún Jara, matrona que no realizó monitoreo fetal adecuado ni una observación más detallada de la paciente, indicando que los movimientos fetales eran normales.

Sin embargo, se tuvo que suministrar glucosa a la víctima y pese a ello tampoco se realizó una evaluación presencial por parte de la doctora de turno, la imputada María Ignacia Valdés Iturriaga.

Valdés se limitó a dar de alta a la mujer, con el solo mérito de la atención brindada por la matrona Oyarzún, sin verificar el cuadro que presentaba la embarazada.

Al día siguiente, el 2 de febrero, la víctima se presentó en el servicio de salud para dar inicio al procedimiento de parto.

Sin embargo, alrededor de las 09:00 horas se constató la falta de latidos fetales por parte del médico de turno.

La mujer fue derivada de urgencia al Hospital Regional de Coyhaique, donde se confirmó el deceso fetal por sufrimiento agudo con una data de muerte de entre 18 y 24 horas.

Con todos los antecedentes presentados en la audiencia, el magistrado fijó un plazo de investigación de 90 días.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)