El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó este lunes a Felipe Parada a la pena de cuatro años de presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva por igual lapso, como autor del delito consumado de abuso sexual agravado de persona mayor de 14 años, ilícito perpetrado en junio de 2015 en el Hospital Regional.

En fallo unánime el Tribunal aplicó además, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena;  y la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, por el plazo de cuatro años.

La resolución agrega que “se sustituye la pena corporal impuesta por la libertad vigilada intensiva, por el lapso de cuatro años, período durante el cual el sentenciado permanecerá sujeto al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales”.

Una vez ejecutoriado el fallo, el Tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética y su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.