El Ministerio de Vivienda y Urbanismo informó este lunes que el programa de vivienda DS1, Subsidios de Sectores Medios, subió el monto tope del precio de la vivienda en su título II (para aplicar el subsidio) de 2.000UF a 2.200UF y hasta 2.400UF en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén y Magallanes.

El DS1 es un programa destinado a las familias de sectores medios que no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario.

Este apoyo del Estado permite adquirir una vivienda nueva o usada, en sectores urbanos o rurales, y establece tres alternativas para los grupos familiares.

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Requisitos para postular

Para postular, el organismo detalló que se debe contar con los siguientes requisitos básicos:

  • Tener mínimo 18 años.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar además el Certificado de Permanencia Definitiva.
  • Tener una cuenta de ahorros para la vivienda con mínimo 12 meses de antigüedad (desde que se abre al cuenta).
  • Quienes postularon en 2014 y 2015 podrán volver a postular considerando el puntaje que registraron en la última postulación a llamados de programas habitacionales.
  • Alternativa 1: hasta el tramo 50% del Registro Social de Hogares.
    Alternativa 2:
    hasta el tramos 70% del Registro Social de Hogares.
    Alternativa 3: Sin necesidad de Calificación socioeconómica.
  • ¿Cuáles eran los puntajes anteriores?
    • Alternativa 1: 11.734 puntos como máximo.
    • Alternativa 2: 13.484 puntos como máximo.
    • Alternativa 3: No es obligatoria. Entrega puntaje si se tiene menos de 13.484 puntos.
  • No superar el monto máximo neto de ingreso mensual del grupo familiar establecido para cada alternativa.
  • En caso de postular colectivamente el grupo debe:
    • Tener un mínimo de 10 integrantes.
    • Postular a través de una Entidad Patrocinante.
    • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu.
  • Para las alternativas 2 y 3, las personas deberán contar con una preaprobación de crédito hipotecario emitida por una entidad crediticia (bancos, cooperativas, etc.).
  • Sin pre aprobación bancaria: acreditar un ahorro mínimo de 200 UF si postula l a la alternativa 2 (o tramo 2 del Título I) y de 400 UF si postula a la alternativa 3 ( o Título II).