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TC allana el camino para proyecto Dominga: declara inadmisible requerimiento de inaplicabilidad

Por Antonio González
Con información de Vanesa Gajardo.

14 agosto 2025 | 19:32

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por cuatro organizaciones opositoras al proyecto minero Dominga. El Movimiento en Defensa del Medio Ambiente de La Higuera; el Comité de Agua Potable Rural Los Choros; la Asociación de Pequeños Propietarios Agrícolas de Los Choros y Oceana, buscaban invalidar los artículos 30 y 47 de la Ley N°20.600, respecto de las atribuciones de los tribunales ambientales.

La sentencia unánime de la Primera Sala del TC resolvió que el recurso carecía de “fundamento plausible o razonable”. Esto conforme al artículo 93 de la Constitución y la Ley Orgánica Constitucional del tribunal. Por tanto, el requerimiento se declaró inadmisible por incumplir estándares legales.

Las organizaciones pretendían impedir que el Primer Tribunal Ambiental hiciera efectivo el cumplimiento de sus fallos. Esto en el marco del litigio sobre la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó Dominga. El TC determinó que la solicitud excedía el alcance de la acción de inaplicabilidad.

El documento judicial precisa que “esta acción constitucional no se tiene por idónea para buscar la enmienda o revocar lo resuelto por un tribunal”. Agrega que el recurso buscaba controvertir decisiones ya adoptadas por la justicia ambiental en ejercicio de sus competencias.

Argumentos de las organizaciones desestimados por el TC que allana el camino para Dominga

Las agrupaciones alegaban que los artículos impugnados vulneraban el principio de separación de funciones. Sostenían que su aplicación por la Corte de Apelaciones de Antofagasta restringiría la discrecionalidad del Comité de Ministros. También denunciaban transgresión al derecho de igualdad ante la ley.

Sin embargo, el reciente fallo del Tribunal Constitucional desestimó estos argumentos, señalando que “la impugnación desarrollada no puede tenerse por razonablemente fundado”. El TC enfatizó que el conflicto presentado correspondía resolverse en la gestión pendiente ante el tribunal de alzada, no mediante inaplicabilidad constitucional.

TC reafirma jurisprudencia previa

Esta decisión se suma a fallos anteriores que han respaldado el avance de Dominga. En junio de este año, el mismo tribunal rechazó una contienda de competencia presentada por el Servicio de Evaluación Ambiental. Aquella vez validó las atribuciones del Primer Tribunal Ambiental.

El considerando 8º del actual fallo cita jurisprudencia consolidada. “Aceptar que esos defectos puedan ser subsanados por este Tribunal transformaría la inaplicabilidad en un recurso procesal”, reza el libelo.

Fallo cuestiona impugnación a sistema normativo completo

El TC destacó un vicio esencial en el recurso. “La impugnación se dirige contra un instituto jurídico o sistema de normas completo”, se lee. Esto porque, las organizaciones solicitaban inaplicar una norma que hace supletorio el Código de Procedimiento Civil.

“Esto es incompatible con la naturaleza de la acción de inaplicabilidad”, enfatiza el fallo. Precisa que esta no sirve para dejar sin efecto sistemas normativos ni cuestionar instituciones legales, sino solo preceptos específicos aplicables a un caso.

Cabe destacar que Dominga fue sometido desde 2013 a evaluación ambiental y ahí permanece.