Durante estos últimos días se han dado a conocer al menos 581 casos de la no retención del 10% de los fondos para el pago de pensiones alimenticias. En conversación con Podría Ser Peor de Radio Bío Bío la jueza del Tribunal de Paillaco, Lucía Massri, reveló una situación desde ese ámbito que finalmente pudo ser resuelta.

“Como todos saben, a raíz de la modificación que permitió los retiros de fondos de la AFP (…) Vino una ola de solicitudes a los Tribunales donde se pedían la retención de los retiros que podían acceder los afiliados para asegurarse el pago de las pensiones alimenticias adeudadas”, explicó Massri.

Lo anterior destapó una realidad de que muchas pensiones de alimentos no se pagan, “se creó una herramienta eficaz que permitió y provocó esperanza a los alimentarios de recepcionar los pagos de pensiones alimenticias atrasadas (…) El principal reclamo era la demora de los pagos y el proceso“, afirmó la magistrada.

El proceso tiene múltiples etapas, según lo consignó Massri, “luego de que se hace la solicitud o de que el tribunal detecte una deuda, a petición de un parte de oficio el tribunal decreta la retención de los fondos previsionales (…) Luego la AFP informa la cantidad y si existen fondos para retiro para poder cubrir el retiro. Una vez informado, damos la orden de pagar a la alimentaria”.

Además puntualizó que hay casos en los que hay más de una pensión adeudada, lo que también puede corresponder a diferentes Juzgados de Familia a lo largo de Chile para una misma persona. “En este caso nosotros habíamos ordenado la retención de los fondos y pese a esa retención la AFP entrega los fondos, por lo que incumplió la orden judicial. Estimamos resolver el problema, ahí se aplicó (…) de la obligación de la AFP al pago de esa deuda alimenticia”, refinándose a lo ocurrido en Paillaco.

Lo anterior a raíz de que el Juzgado de Familia de Paillaco instruyó a AFP Capital retener el tercer retiro del 10% de los fondos previsionales a un afiliado que mantenía deudas de pensión de alimentos.

Con respecto a los al menos 518 casos con las mismas características que el descrito, Massri comentó que “podrían intentar utilizar esta herramienta, solicitarlo, o bien los tribunales de oficio podrían hacerlo (…) Ojalá varios la puedan aplicar”, sin embargo eso variaría en el volumen de solicitudes que cada Juzgado de Familia reciba.

Escucha aquí la entrevista realizada por Julio César Rodríguez