La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección y ordenó al Ministerio de Educación, resolver la solicitud de gratuidad de estudiante de la Universidad de Valparaíso, a quien se le denegó el beneficio.

Se trata del caso de Ana Belén Rubilar, una alumna de la carrera de administración hotelera y gastronómica, quien había postulado al beneficio luego de perder su trabajo en un café en Santiago.

Sin embargo, el pasado 25 de junio su solicitud fue rechazada por la falta de un antecedente, según indica la resolución del tribunal.

No obstante, en fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mireya López, Alejandro Rivera y Juan Enrique Olivares– estableció un actuar arbitrario del Ministerio de Educación.

Lo anterior, luego que la secretaría de Estado excluyera a la estudiante universitaria sin solicitar la actualización de la cartola del Registro Social de Hogares, en poder de la administración.

“No siendo discutido que la recurrente habría cumplido con todas las exigencias legales para ser eventual beneficiaria de la gratuidad, parece impropio que una Administración estatal que está llamada a fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles, excluya a una legítima postulante, por el sólo hecho de no acompañar un documento que la propia Administración posee”, indica el fallo.

En ese sentido, agrega que “máxime si se tienen presente las circunstancias de pandemia en las que tuvo lugar este proceso de repostulación, con las dificultades de movimiento y de gestión que dicha pandemia ha supuesto”.

“Es precisamente, en un caso como éste, con el escenario advertido, en el que una ciudadana de corta edad pretende instruirse a nivel superior como parte de su desarrollo integral, que resulta esperable una actitud algo más empática y colaborativa de la autoridad educacional”, añade.

De esta forma, la Corte de Apelaciones capitalina acogió, sin costas, el recurso de protección deducido por Ana Belén Rubilar Muñoz en contra del Ministerio de Educación.

Así también, dispuso dejar sin efecto la resolución de 25 de junio de 2020, de la Subsecretaría de Educación Superior, que rechazó la apelación deducida por la estudiante al beneficio de gratuidad.

“Previa agregación del Registro Social de Hogares a los antecedentes de postulación de la recurrente Rubilar Muñoz, el Ministerio de Educación deberá resolver su postulación pronunciándose, derechamente, si acaso le corresponde ser beneficiaria de la gratuidad a la que hubo de postular”, concluye el fallo.