La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mostró su preocupación por la iniciativa legislativa de otorgarle arresto domiciliario a ciertos condenados por DD.HH. por crímenes en la dictadura militar.

“La CIDH recuerda al Estado de Chile a evitar que la obligación internacional de sancionar a los responsables de crímenes de tal gravedad se puede volver ilusoria debido a la aplicación de beneficios carcelarios que reproducirían una impresión de impunidad”, indicaron.

“La CIDH ha afirmado reiteradamente la obligación estatal de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos por la Convención y procurar, además, el restablecimiento, si es posible, del derecho conculcado y la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos humanos”, agregaron en su página oficial.

“En particular, en los casos Almonacid Arellano y otros y García Lucero y otras, la CIDH resaltó que, con relación a las graves violaciones de los derechos humanos, el Estado debe abstenerse de recurrir a figuras como la amnistía, el indulto, la prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad, así como medidas que pretendan impedir la persecución penal o suprimir los efectos de una sentencia condenatoria”, añadieron.

“En ese sentido, los Estados deben asegurar el cumplimiento efectivo de la sanción que adopten los tribunales internos, considerando que la imposición de las penas debe contribuir verdaderamente a prevenir la impunidad como mecanismo que impida la repetición de los ilícitos de esa gravedad”, complementaron.

También reiteraron que hicieron el llamado a los estados a garantizar que en el caso de los “condenados por graves violaciones a los derechos humanos, las evaluaciones de beneficios carcelarios y medidas alternativas a la pena de prisión se sometan a un análisis y requisitos más exigentes, con apego al principio de proporcionalidad y a los estándares interamericanos aplicables que atiendan al bien jurídico afectado, la gravedad de los hechos y la obligación de los Estados de sancionar a los responsables de tales violaciones”.