La tercera sala de la Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de protección contra el presidente Sebastián Piñera, que buscaba frenar la realización del plebiscito del 26 de abril.

El escrito señala que el supuesto ambiente de crisis social que vive el país “es una amenaza cierta para quienes participaran en el proceso electoral, a quienes se les podía privar, perturbar o vulnerar el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica”.

Sin embargo, el máximo tribunal aseguró que no hay infracciones de garantías constitucionales.

El abogado que interpuso el recurso de protección, Raúl Meza, defensor de violadores de Derechos Humanos recluidos en Punta Peuco, afirmó que en los próximos días “demandará al presidente de la República, por no suspender el plebiscito”.

“Tenemos la convicción jurídica que la convocatoria que hace el presidente Piñera al plebiscito nacional incurre en una abierta vulneración del principio de igualdad ante la ley y el principio de la no discriminación”, sostuvo.

Asimismo, señaló que creen “que existe mérito suficiente para presentar una demanda civil en virtud de la ley antidiscriminación para que el presidente Piñera responda por los vicios, omisiones e irregularidades”.

Según establece el fallo de la tercera sala de la Corte Suprema, un recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, lo que en este caso no ocurre.

Las campañas para el plebiscito ya comenzaron, para la votación del domingo 26 de abril, donde poco más de 14 millones 810 mil personas podrán participar, en Chile y en el extranjero.