Los locales comerciales en las principales comunas han ido adoptando medidas de “seguridad” en medio del estallido social, instalando placas de acero en ventanales y accesos, como una forma de protegerse ante los saqueos.

Según Felipe Meza, magíster en Medio Ambiente y académico de la Escuela Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM), destacó que si bien efectivamente son medidas pensadas en la seguridad ante el vandalismo, de todas maneras se debe respetar la ley.

“Son medidas para la seguridad tanto de atentados como de saqueos, que pueden ser válidas desde ese punto de vista, pero de modo contexto, cada construcción, modificación, ampliación, alteración, de un recinto, debe cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, señala.

Precisamente esto último, es uno de los puntos más relevantes, debido a que todos los trabajos de “bunkerización” se consideran modificaciones de fachada, y por lo tanto, si bien son de emergencia, deben cumplir con la ordenanza, pasar por la Dirección de Obras de cada Municipalidad.

ARCHIVO | Sebastian Brogca | Agencia Uno
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La pregunta que cabe es si efectivamente los municipios han recibido la documentación por parte de los centros comerciales para aprobar estos cambios.

La “bunkerización” debe ser autorizada por los municipios

Actualmente, si un local comercial o una casa quiere hacer una ampliación o modificación de su estructura, debe presentar el proyecto a la Dirección de Obras respectiva y solicitar el permiso de construcción, para que la entidad revise si cumple con la normativa vigente que es la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

“Independiente que estemos en emergencia, todo elemento constructivo debe cumplir la normativa vigente, me refiero por ejemplo a vías de evacuación. La ley indica que toda vía de evacuación debe abrir en sentido de la evacuación; por ejemplo una puerta de emergencia, primero, no puede estar trabada, no debe haber objetos que obstaculicen la evacuación”, puntualiza Meza.

“Una cosa es que tapemos todos los accesos, pero siempre el empleador, en este caso el dueño de la empresa, debe asegurar que las puertas de evacuación estén libres de obstáculos y no reducir el espacio”, explica.

De acuerdo a la legislación, las vías de circulación no deben tener un ancho menor a 150 centímetros. Asimismo, el tamaño de la puerta también está regulado, eso quiere decir que debe haber una altura mínima de 2 metros, y el ancho debe ser de casi un metro, entre 80 y 100 centímetros, agrega el especialista.

ARCHIVO | Sebastian Brogca | Agencia Uno
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No obstante, el tema no sólo tiene que ver con los accesos, sino que además incluye la iluminación al interior de las tiendas, y el riesgo que esto implica en el caso de una emergencia.

“Todo esto que los locales comerciales se estén “bunkerizando” está generando que por ejemplo en un terremoto o en un incendio, la luz se corta y si esto es de día, se acabó la luz natural y en este caso, si estamos forrados en su totalidad con paneles, no se ve nada y cómo escapamos”, advierte el experto de la UTEM.

De ahí entonces la necesidad de que los locales comerciales cuenten con un plan de emergencia, el que debe ser modificado si se realizan cambios en la estructura.

¿Quién fiscaliza?

Ante los evidentes cambios en la estructura del comercio, queda en el aire la fiscalización que deberían haber llevado a cabo las autoridades.

En ese sentido, el profesor Meza explica que en este tema hay dos aspectos a considerar. En primer lugar los trabajadores de los centros comerciales, y por otro, los clientes.

En el caso de los trabajadores, es la Inspección del Trabajo y la Seremi de Salud respectiva, los encargados de fiscalizar si las condiciones son las adecuadas, no está el plan de emergencia o las vías de evacuación señalizadas, por ejemplo.

ARCHIVO | Sebastian Brogca | Agencia Uno
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Pero cuando un cliente sufre un problema en un local comercial, la competencia ahí es de la Dirección de Obras Municipal.

“Cuando hay construcciones los inspectores (municipales) van a fiscalizar que la obra esté correcta, que se esté ejecutando según los permisos. La Dirección de Obras Municipales da fe de que se cumpla la normativa vigente, que es la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, señala el experto.

“Hay que cumplir la ley”

Felipe Meza concluye en que si bien es entendible “bunkerizarse” ante la contingencia, es necesario respetar la legislación para evitar poner en riesgo a las personas.

“Las personas que están haciendo estos cierres tienen miedo, han sufrido hechos vandálicos, y se están resguardando, pero no dejen de pensar en los clientes”, pide el experto de la UTEM.

“Todos los días tiembla en Chile y que este sismo genere que no podamos evacuar, por ejemplo, o que la gente entre en pánico, porque una persona se puede sentir en un encierro, incluso podría ser hasta peor”, advierte.

En ese sentido, recomendó mantener iluminados los sectores de evacuación con luces de emergencias que se activan cuando se corta la energía, que indiquen una salida de emergencia o un pasillo de evacuación.

Así también, sugirió actualizar los planes de emergencias, lo que incluye a su vez capacitar a los trabajadores, para que en un caso de emergencia ellos sean los primeros en saber dónde están las vías de evacuación y así ayudar a los clientes.

“La ley es clara, deben haber vías de evacuación y deben estar expeditas, es como lo que pasa en los veranos en los peajes, tenemos 3 peajes y vienen muchos autos y se forma el taco. Una puerta de emergencia para todos los clientes, no va a dar abasto, entonces es deber de cada municipio que esto se esté cumpliendo”, afirmó.

“Entendemos que hay una emergencia, pero una cosa es que estemos en esta situación social, pero no quiere decir que no se cumpla la ley y las medidas de prevención tanto para los trabajadores, como para los visitantes”, sentenció Meza.