Los senadores Alfonso De Urresti, Felipe Harboe, Francisco Huenchumilla, Adriana Muñoz y Ximena Órdenes presentaron un proyecto que pretende modificar el Código Sanitario en materia de objeción de conciencia institucional, la cual busca que ésta quede en el ámbito de las personas naturales y no de personas jurídicas.

En el texto, los legisladores aseguran que “el Congreso Nacional debe adoptar las medidas legislativas para restablecer el imperio del derecho y el orden constitucional (…) para mantener la objeción de conciencia en el campo que le es propio, la persona humana”.

Se le denomina objeción de conciencia a aquellos profesionales de la salud que, por sus convicciones religiosas o morales, impiden su participación en la interrupción de un embarazo.

Es importante recordar que dentro de la ley aborto en tres causales se incluye un apartado donde permite que los médicos cirujanos y su equipo médico pueda formular la objeción de conciencia por la participación en la interrupción de un embarazo.

A lo anterior, según la moción presentada se aclaró que, “esta excepción solo se puede otorgar a las personas naturales. Extender este derecho a una institución es un absurdo dado que las personas jurídicas carecen de conciencia moral“.

Por otro lado, según la declaración de los senadores, “los parlamentarios contrarios a este proyecto de ley formularon un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para impedir la entrada en vigencia de esta normativa y extender la objeción de conciencia a las instituciones”. A lo cual, según sus autores, el TC acogió la extensión de la objeción de conciencia a instituciones “en una incorrecta interpretación de preceptos constitucionales”.

En este marco, el proyecto de ley viene a revertir la medida del Tribunal Constitucional y en contraposición, volver a la redacción aprobada por el Congreso Nacional donde la señalada objeción queda en el ámbito de las personas naturales.

El proyecto ya está en condiciones de ser revisado por la Comisión de Salud del Senado para iniciar su tramitación.