El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió en su totalidad dos amparos vinculados a solicitudes de información que fueron denegadas por Gendarmería, sobre la identidad de los reos condenados que estén cumpliendo penas efectivas por crímenes de lesa humanidad en establecimientos penitenciarios, al establecer que se trata de información pública.

Ambos pronunciamientos se sustentan en decisiones anteriores y en el hecho de que se trata de datos que provienen de fuentes accesibles al público.

Ello, puesto que los listados con nombres y números de identificación son parte del registro que debe existir en cada centro penitenciario, con la sentencia definitiva ejecutoriada por la cual se encuentran privados de libertad.

En las decisiones se establece que la institución deberá entregar las listas completas de los condenados.

En ambas solicitudes Gendarmería hizo entrega de la información dentro de los plazos establecidos por la Ley de Transparencia, no obstante, tarjó dichos antecedentes aludiendo a que tienen el carácter de “datos de carácter personal y reservado”.

Esto llevó a los dos solicitantes de estos antecedentes a presentar un amparo ante el Consejo por una respuesta incompleta o parcial de parte del órgano público.

A partir de este criterio, el CPLT sostuvo que “no resulta aplicable el régimen general de protección relativo al tratamiento de los datos personales, puesto que, tanto la Constitución Política de la República como la Ley, establecen el carácter público de los antecedentes relativos a condenas penales, las que, además, actualmente se encuentran en cumplimiento”.