El Tribunal Ambiental de Santiago resolvió este miércoles condenar a la minera Pampa Camarones por causar daño ambiental “irreparable”, por lo que le ordenó ejecutar un Programa de Reparación por Compensación, el cual debe ser aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales.

La resolución fue decidida por unanimidad, acogiendo la demanda del Consejo de Defensa del Estado tras resolver que la empresa efectivamente causó un grave daño al ejecutar obras y actividades por no cumplir con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

En específico, Pampa Camarones incumplió el deber de recolectar al menos un 20% de los eventos líticos emplazados en el área donde está instalada, e intervino 15 hectáreas del yacimiento Salamanqueja 12-13, destruyendo con ello los bienes arqueológicos allí emplazados por lo que ya no sería posible recuperar su información.

“Los eventos líticos destruidos eran bienes únicos, irrepetibles e irreemplazables, y por lo tanto la pérdida, en este caso, es irreparable”, dicta la sentencia publicada por el Tribunal Ambiental.

Por lo tanto, se resolvió que la empresa causó “un daño al Patrimonio arqueológico y cultural del país”.

Entonces, el tribunal consideró que “habiéndose acreditado la concurrencia de todos los elementos de la responsabilidad por daño ambiental, corresponde que Pampa Camarones SpA lo repare; daño ambiental que en el caso de autos tiene la particularidad de ser irreparable”.

El plan de reparación

A causa de la sentencia, Pampa Camarones deberá realizar, entre otras acciones, un análisis espacial y de distribución de materiales arqueológicos de los sitios afectados, o de aquellos que determine la autoridad competente.

Deberá además habilitar una sala de exhibición de los resultados de dicha investigación arqueológica, con una propuesta museográfica elaborada por un equipo profesional.

A eso se suma un estudio arqueológico integral de las 200 hectáreas al norte de la mina existente y colindante con el Sitio Salamanqueja 12-13, además de un análisis espacial y de distribución de materiales arqueológicos para la misma zona.

Los resultados deberán ser expuestos en un informe final además de un documento o texto de difusión destinado a la comunidad.

Deberá también llevar a cabo una campaña de difusión periódica para la comunidad cada 5 años por medios locales y realizando actividades, todo esto hasta que acabe el tiempo de vida útil de la Mina Salamanqueja.

Finalmente, deberá instalar señalética que advierta sobre la existencia de materiales arqueológicos en la zona del proyecto y que prevenga sobre sus cuidados.