La Sala de la Cámara de Diputados rechazó el proyecto que buscaba sancionar con penas de cárcel el incumplimiento del régimen del cuidado de hijos.

Tras un arduo y agudo debate, que sopesó en una balanza los pro y contra del proyecto de ley, la Sala de la Cámara de Diputados optó por rechazar el proyecto de ley que buscaba sancionar, hasta con penas de cárcel, el incumplimiento del régimen de cuidado de hijos, cuando se tratase de obstaculizar la relación de estos con su progenitor no tutor y su familia directa.

Tras el debate, los legisladores señalaron que era una buena intención de la Comisión de Familia estimar que si había una obstaculización para el cuidado y la tuición de un menor, podrían haber penas de cárcel.

Sin embargo, la Sala respaldó las objeciones que presentó la Comisión de Constitución, dejando archivado el proyecto que contó sólo con el voto favorable de la diputada Aracely Leuquén, quien presentó la iniciativa, y 125 en contra.

Y es que los parlamentarios observaron que el texto del proyecto, tal como estaba planteado, podría ocasionar mayores problemas al promover, incluso, la reclusión del tutor del infante. Asimismo, algunos consideraron que el proyecto no llena un vacío legal, ya que hoy ya existirían mecanismos judiciales y procedimentales para hacerse cargo de esta situación.

Finalmente, varios parlamentarios objetaron la idea de continuar penalizando conductas que caen, más bien, en el orden de las faltas.

En concreto, el proyecto incluía en la Ley 20.066, de violencia intrafamiliar, una norma para entender que también se cae en esta situación, cuando quien tenga el cuidado personal, se niegue reiterada e injustificadamente a dar cumplimiento a la relación directa y regular respecto de niños, niñas y adolescentes bajo dicho cuidado.

De esta forma, la iniciativa terminó su trámite en el Parlamento y no se podrá presentar una moción similar sino hasta dentro de un año.