La Corte Suprema confirmó la sentencia a un hombre que había sido condenado a 61 días de presidio, tras ser detenido portando 138 gramos de marihuana y por poseer 13 plantas de la especie en un cultivo indoor, que buscaba anular su sentencia.

Edgar Trujillo Romero había sido condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, no obstante su defensa presentó un recurso de nulidad, apelando a la falta de una pericia que determinara la pureza de la droga y su grado de afectación a la salud pública.

En este sentido, el fallo precisó que lo incautado a Trujillo Romero durante su detención, son elementos que “permiten configurar la afección al bien jurídico protegido”.

De esta forma, y en fallo divido, el máximo tribunal del país decidió que la conducta del acusado “se ajusta a aquellas descritas en los artículos 1 y 4 de la Ley N° 20.000 y lo es desde que los elementos para el cultivo, de las características reseñadas, desbordan con creces una posible hipótesis de autoconsumo”.