La Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo unánime, confirmó que los antecedentes de las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos, contenidos en los informes de las comisiones Valech I y Valech II son de carácter reservado.

La decisión del tribunal capitalino viene a confirmar una decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT) que denegó la entrega de antecedentes de quienes fueron calificados como víctimas de detención política o tortura o por familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos.

El fallo estableció que “en relación a la información derivada de la Comisión Valech I, cabe tener presente que el artículo 15 de la ley 19992, que tiene el carácter de ley de quórum calificado conforme al artículo 1° transitorio de la ley 1° de la ley 20285, establece expresamente que el secreto de los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y tortura, por el plazo de 50 años”.

De esta forma, la divulgación de los antecedentes de quienes fueron víctimas de represión política entre 1973 y 1989, violaría el derecho a la privacidad, también consagrado en la Constitución Política de la República.