El Cuarto Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de indemnización de perjuicios presentada por la empresa La Pieza Oscura Producciones Ltda. en contra del Canal 13 por supuesto incumplimiento de contrato de guiones de teleserie.

Esto, después que uno de los guionistas de la empresa, Marcelo Leonart, acusara el término injusto del contrato que tenía con la señal, al no recibir indemnización que según este correspondía.

Esto ocurrió en 2015, tras una seguidilla de críticas y comentarios que Leonart realizó en contra de Canal 13 por cancelar la teleserie “El secreto de Tamara” (que había sido escrita por él), por lo que ‘el 13’ decidió cortar lazos con el guionista.

Esto llevó a la demanda que este viernes fue rechazada por el Tribunal, el cual estableció que fue la parte demandante la que incumplió el contrato al denostar al canal de televisión, a través de redes sociales, por cancelar un programa televisivo específico.

“En el mes de diciembre de 2014, La Pieza Oscura Producciones Ltda. incumplió la cláusula tercera del contrato, toda vez que las declaraciones efectuadas por el Sr. Marcelo Leonart en las redes sociales Facebook y Twitter, recogidas en artículos de prensa, lesionaron el prestigio de Canal 13, de sus integrantes y equipos, infracción que fue calificada y considerada como un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, facultando al demandado (Canal 13) a ponerle término de manera anticipada, sin derecho a indemnización alguna a favor de la Sociedad demandante (Leonart; La Pieza Oscura)”, declara el fallo del Juzgado.

Por último, concluye: “(…) en virtud de la prueba rendida y analizada, no es posible establecer que Canal 13 haya incumplido alguna obligación del contrato de prestación de servicios, sino que, al contrario, ha resultado suficientemente acreditado que el demandado (Canal 13) ha cumplido oportuna y diligentemente con lo estipulado en el contrato hasta el día 13 de enero de 2015, fecha en que se puso término anticipado al contrato, debido a que La Pieza Oscura Producciones Ltda. infringió la cláusula tercera, incumplimiento que -tal como se señaló-, facultaba al Canal demandado a dar por terminado el contrato de prestación de servicios, sin derecho a indemnización alguna a favor de la Sociedad demandante”.