La Cámara de Comercio de Santiago (CCS) informó a sus asociados la obligación de dar cumplimiento a algunas disposiciones legales relacionadas con las elecciones primarias que se verificarán el próximo 2 de julio.

Lo anterior, debido a que el sistema de elecciones primarias presidenciales, parlamentarias y municipales se encuentra regulado en la Ley N° 20.640, vigente desde el 6 de Diciembre de 2012 y modificiada posteriormente el 27 de Abril de 2013.

De acuerdo a la normativa, entre las medidas recalcaron que los centros comerciales deberán cumplir con las normas de un día feriado irrenunciable, por lo que tampoco podrán realizar espectáculos o eventos de carácter masivo y deberán restringir el expendio de bebidas alcoholicas.

En tanto, para los casos excepcionales de servicios que sí tienen permiso de funcionar, los empleadores no podrán impedir votar a los electores, por lo que deben otorgarle permiso para ausentarse durante dos horas para que puedan sufragar, sin descuento de sus remuneraciones.

Puntualmente, en el caso de los eventos, la restricción regirá cuando la fuerza encargada del orden público estime que éstos podrían afectar el normal desarrollo del proceso electoral.

En tanto, la restricción a la venta de alcohol debe cumplirse el día de la elección, entre las 05:00 horas y 2 horas después del cierre de la votación, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos.

Asimismo, el empleador está obligado a conceder los permisos necesarios a los trabajadores, sin descuento de remuneraciones, en caso que sean designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral.