Faltando sólo dos días para la realización del Censo, autoridades de Gobierno informaron que si bien el feriado irrenunciable rige entre las 0 y 20 horas del miércoles 19 de abril, los trabajadores deben quedar liberados de sus funciones desde las 21:00 horas de este martes.

Al respecto el subsecretario del Trabajo, Francisco Javier Díaz, explicó que todos los centros comerciales como panaderías, malls y supermercados deben estar cerrados. Y que se trata de un feriado irrenunciable “reforzado” porque tampoco podrán operar aquellos establecimientos de entretención como cines o pubs.

Los que sí podrán funcionar, según aclararon, son aquellos locales que son atendidos por sus propios dueños.

El director nacional del Trabajo, Christian Melis, destacó la importancia de que todos cumplan con esta norma, porque quienes no lo hagan arriesgan multas desde 5 a 60 UTM.

Las autoridades además destacaron que habrán más de 78 fiscalizadores en todo el país.

A su vez, las personas podrán hacer sus denuncias en la página www.direcciondeltrabajo.cl, datos que una vez que sean entregados permitirán que se vigile y multen a quienes no cumplan con la norma.

Revisa algunas consideraciones entregadas por la Cámara Nacional de Comercio en relación al feriado irrenunciable:

1.- El descanso debe comenzar el día previo al feriado obligatorio e irrenunciable, a más tardar a las 21 horas. Por lo tanto, los trabajadores no deben estar a disposición de su empleador más allá de las 21:00 horas del día 18 de abril de 2017.

Recomendación: Cerrar las puertas de los comercios con una o dos horas de antelación a las 21 horas, para que los trabajadores puedan retirarse de sus funciones dentro del marco legal establecido.

2.- El término del descanso por feriado obligatorio e irrenunciable es a las 06:00 horas del día 20 de abril de 2017.

3.- Sin perjuicio de lo anterior, los trabajadores afectos a turnos rotativos podrán prestar servicios en el lapso que media entre las 21:00 horas y las 24:00 horas del día 18 de abril o entre las 0:00 horas y las 06:00 del día 20 de abril, cuando el respectivo turno incida en dichos lapsos.