La Corte Suprema acogió dos recursos presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, donde se pedía adoptar medidas para posibilitar el voto de personas privadas de libertad. Desde el Servel acogieron esta medida, pero señalaron que estudiarán el fallo antes de tomar decisiones.

La Corte Suprema estableció por cuatro votos a favor y uno en contra, que “los reos pueden votar en periodo de elecciones”, esta sentencia se produce luego que la Corte acogiera recursos de protección presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

El director de esta entidad, Branislav Marelic, señaló que esta resolución representa una satisfacción, ya que restituye un derecho que nunca perdieron.

Esta inédita resolución de la Corte establece que el Servel deberá adoptar medidas que posibiliten el derecho a voto de las personas privadas de libertad que no estén condenados a penas aflictivas y por lo tanto, estén habilitados para sufragar.

Patricio Santamaría, presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, señaló que desde 2013 han manifestado que cualquier persona que tenga derecho a sufragio debe votar, pero que recién están conociendo la resolución y que luego de estudiarla, adoptarán las medidas del caso.

El abogado de Derechos Humanos, Cristian Cruz, manifestó que este fallo habla bien tanto de las personas que lo solicitaron, como de las que votaron a favor de la resolución

Según cifras de 2013, cerca de 16 mil fueron los reos que estando habilitados, no pudieron votar para las elecciones presidenciales.

Desde el Instituto Nacional de Derechos Humanos, señalaron que la forma concreta en que esto se llevará a cabo deberá evaluarse caso a caso dependiendo del recinto penitenciario y del interno, pero que están dispuestos a dialogar con los organismos involucrados para que puedan conceder y hacer efectivo el derecho a voto.