A partir del 21 de abril fecha que entra en vigencia la Reforma Laboral la jornada de trabajo podría reducirse a cuatro días dejando así tres días de descanso.

¿Cómo funcionaría este sistema de tal manera en que los trabajadores y las empresas se vean beneficiadas? y ¿cuáles serían las repercusiones en la economía nacional?

En conversación con el Podría Ser Peor, el director del Trabajo, Christian Melis, indicó que esta es una norma que permite pactar acuerdos en los cuales se distribuye de una forma diferente la jornada de trabajo a lo que se hace hoy día.

Lo que te permite la norma es distribuir las 45 horas en cuatro días, eso significa que vas a tener tres días de descanso un fin de semana largo, lo que sí se mantiene las 45 horas, eso supone que en los días que trabajas, los cuatro días podrías trabajar hasta 12 horas“.

Según explicó, estos pactos son interesantes pero probablemente no son para todos los trabajadores, ya que “la ley contempla como requisito esencial tener una base de sindicalización en la empresa igual o superior al 30% y luego los sindicatos conjunta o separadamente pueden pactar con el empleador”.

Esto es para que no haya una imposición al trabajador de esta modalidad, si no que haya una negociación de verdad y efectivamente que respondan a expectativas reales de los trabajadores por querer este tipo de pacto, dijo Melis.

Además, señaló que si en una empresa hay trabajadores no afiliados al sindicato, estos pueden pactar con su empleador individualmente y se pueden subir a este pacto y por lo tanto no hay ningún problema aunque sean trabajadores antiguos.

Ante la consulta de qué ocurre si una persona trabaja las 45 horas en cuatro días y lo hacen ir a trabajar un quinto día, planteó que habría que determinarlo, pero que en “principio sería un exceso de jornada que no se puede, porque la idea es que esto no se trasforme en una modalidad en que el trabajador permanentemente pueda trabajar más de 45 horas”.

Si esta medida afectaría la eficiencia y el nivel de productividad nacional, Melis lo descartó.

“Mucho se dice que en Chile somos poco productivos en términos de que trabajamos mucho pero tenemos baja productividad, obviamente ahora desde el punto de vista del interés de la empresa, a la empresa le puede interesar una modalidad como esta porque si hay un trabajador interesado en esto, tiene a un trabajador que está más contento, más confortable la empresa, por lo tanto puede ser más productivo”.

En caso de no haber sindicato en la empresa, explicó que no se puede pactar, porque “esto requiere la existencia de no solo sindicato, sino que además que la tasa de sindicalización sea igual o superior al 30%”, reiteró.

Tampoco se pueden tomar por acuerdo las partes, ya que la ley expresamente requiere el acuerdo del sindicato y no podría haber un acuerdo individual porque sería una excepción a la regla general”, agregó.

Los trabajadores municipales en tanto, tampoco podrían optar a este beneficio, según determinó el experto, esto porque los funcionarios públicos no se rigen por el Código del Trabajo, sino que por el estatuto administrativo.

Finalmente, manifestó que tiene la impresión que “esto no es para todos, requiere la conciliación del interés empresarial por tenerlo y la expectativa del trabajador por el descanso”.

“Trabajar más horas diarias supone un sobre trabajo y efectivamente eso es así, esto busca compensar ese sobre trabajo diario (…)no puedes trabajar los cuatro días a doce horas, porque si trabajaras los cuatro días 12 horas no te calza con 45, podrías trabajar 3 días a 12 horas, un día a nueve horas, puedes utilizar distintas combinaciones y eso se compensa con el mayor descanso”, puntualizó.

Escucha a continuación la entrevista realizada por Julio César Rodríguez en el Podría Ser Peor: