La Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó al director metropolitano de Gendarmería continuar con el proceso de revisión de traslado del exjefe metropolitano de la CNI, Álvaro Corbalán, ordenando el reingreso al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco,.

En fallo unánime (causa rol 33.277-2016), la Tercera Sala del máximo tribunal del país declaró arbitraria la decisión de mantener a Corbalán Castilla en la unidad de Alta Seguridad, tras cumplir el periodo de traslado impuesto.

Corbalán, que enfrenta condenas a presidio perpetuo por el crimen del carpintero Juan Alegría y otras altas penas por violaciones a derechos humanos en dictadura, estuvo hasta el 20 de noviembre en el penal Punta Peuco, luego que se detectara un celular y un chip en su celda tras un allanamiento, por lo que fue trasladado hasta la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago.

El fallo establece que ” el Director Regional Metropolitano (S) de Gendarmería de Chile, pese a que el período de observación fue superado satisfactoriamente por el actor dispuso que éste se mantuviera cumpliendo su condena en la misma sección, sin contar con un fundamento legal·.

De esta forma, establece que el ex CNI “reúne las condiciones para ser trasladado de la Unidad Penal, lo que entonces hace improcedente mantener la medida respectiva de traslado, razón por la cual el recurso de protección debe ser acogido en los términos que se expresarán en lo resolutivo del fallo”.