Quedan sólo 20 días para que se realicen las elecciones primarias legales con miras a la votación de alcaldes y concejales en octubre próximo.

En este sentido, ya se dieron a conocer quienes serán vocales de mesa el próximo 19 de junio. Sin embargo, hay quienes por algún motivo no podrán ejercer dicha responsabilidad.

Si este es el caso, debe presentar sus excusas desde este lunes 30 de mayo hasta el miércoles 01 de junio, según informó el presidente del consejo directivo del Servicio Electoral, Patricio Santa María.

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Excusas

Para justificarse se debe presentar una carta al Secretario de la Junta Electoral, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 40 y en el 44 de la Ley 18.700. Asimismo, debe presentarse los documentos que acrediten las siguientes causales:

-Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros, sin existir comunicación expedita.

-Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomienda la Ley 18.700.

-Tener más de 70 años de edad.

-Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.

-Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, situación que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo centro de salud.

-Si estás embarazada, dentro de las seis semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio.

Las inhabilidades

-Los candidatos en la elección, sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive las personas que desempeñen cargos de representación popular.

-Las personas a cargo de los trabajos electorales que señala el artículo 7° de la Ley 18.700.

-Los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores y consejeros regionales; los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local; los fiscales del Ministerio Público; los Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales; el Contralor General de la República ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.

-También los extranjeros, las personas en situación de discapacidad de origen visual, y los analfabetos.

-Aquellos que hayan sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.

En el caso de que existan dudas, el Servel colocó a disposición de la ciudadanía, atención telefónica en el número 2 27315500.
También, quienes deseen aclarar sus dudas pueden ingresar a las redes sociales del Servel, en Twitter y Facebook.