La Corte Suprema condenó a Chilevisión a pagar una indemnización de $32.000.000 por el daño moral provocado con la difusión de una noticia errónea en su noticiero central.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal invalidó la sentencia impugnada y ordenó al canal indemnizar a la familia de un hombre a quien se le atribuyó falsamente la autoría de un homicidio, que habría sido cometido en marzo de 2012, en Villa Alemana.

“Chilevisión S.A. incurrió en una conducta negligente al emitir una información objetivamente falsa, atribuyendo a Claudio Valls Morales un hecho delictivo en el que no tuvo participación”, aseguran en el falló explicando que además no se corroboró la información que le fue proporcionada consultando otras fuentes, lo que sí hizo otro medio de comunicación.

“La demandada tampoco comprobó la concurrencia de las causales de justificación que esgrimió en su defensa, le correspondía demostrar que su conducta antijurídica no produjo la aflicción que presumiblemente ocasionó en la víctima directa de esa falta de cuidado y en su entorno familiar más cercano”, sentenciaron.

En el dictamen también se explica que “(…) todo aquel que se entere de una noticia grave, por un medio de comunicación social masivo, transmitido en un horario de alta audiencia, en que se le atribuye la comisión de un delito de homicidio en circunstancias sumamente trágicas, sin que se haya tenido participación en el mismo, provoca un impacto inmediato no sólo en su persona, que sufre angustias y cambios de conducta a consecuencia de ello”.

“Es del todo habitual, normal, común, que una agresión y deterioro grave en los sentimientos que padece un sujeto por unos hechos como los de esta causa, constituya un daño que también padecerán su cónyuge y sus hijos”, añade el fallo.