El Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda y ordenó a Mega pagar una indemnización de 80 millones de pesos a una empresa de alimentos por concepto de daño extrapatrimonial tras la emisión de información no chequeada en un reportaje de denuncia.

En el fallo, la magistrada María Cecilia Morales Lacoste acogió la demanda presentada por la empresa Artesanos del Sur en contra de Mega por los daños causados con la emisión de un reportaje, en abril de 2011, con información no comprobada y por los comentarios del conductor tras emisión.

De acuerdo a El Dínamo, el material fue emitido en la edición central de Meganoticias y denunciaba que en la fábrica aludida habían excrementos de ratón y que supuestamente también se habían hallado restos en las galletas de la marca.

La principal fuente del reportaje fue una empleada que había sido despedida de la empresa días antes y quien proporcionó un video que supuestamente probaba estas afirmaciones.

Sin embargo, según la resolución estas imágenes no correspondían a las dependencias de la empresa donde se almacenaban los productos y los restos de fecas de ratón en las galletas en realidad eran trozos de fruta, pues se trataba de una variedad de ciruela y miel.

Además, tras la emisión del reportaje, el conductor del espacio afirmó que se “trata de una verdadera asquerosidad”. En este sentido, la resolución indica que “tales dichos descuidados, en modo alguno podrán considerarse amparados por la libertad de expresión, ni por la libertad de prensa, constitutiva de una especificación de la primera, en cuanto el ejercicio de dicha libertad encuentra un límite, precisamente, en situaciones fácticas”.

Asimismo, en una inspección posterior de la Seremi de Salud Metropolitana se sancionó a la empresa por otras faltas, pero no las que mostró Mega en su noticiero.

La empresa alegó que después de la exibición del material en Mega, perdieron su contrato con Junaeb y a muchos clientes.

El fallo concluye que “la conducta y acción de la demandada fue descuidada y con expresiones periodísticas que tuvieron el mérito suficiente para incidir en la opinión pública en general, negativamente, así como en los clientes en cuanto a la mala calidad de los productos que se elaboraban en la empresa Artesanos del Sur, que además se entregaban para el consumo de los niños de la JUNAEB, lo que importa una conducta dañosa, reprochable e imputable a la demandada”.